De acuerdo al artículo 87 del  Reglamento  de Títulos Habilitantes y Gestión del Sector Postal, el cual establece que: “Los usuarios podrán presentar sus reclamos al Operador Postal en forma física o electrónica, (…)” énfasis añadido.

QUEJA:

La queja, reclamo o denuncia, son mecanismos para que los operadores postales garanticen la atención oportuna de los inconvenientes que hubieren tenido con un usuario conforme al Reglamento de Títulos Habilitantes y de la Gestión del Sector Postal.

Art. 88.- Causales para la presentación de quejas. Las quejas ante el operador postal se presentarán por las siguientes causales

  1. Incumplimiento de los horarios de atención al usuario;
  2. Inadecuado mantenimiento y orden de las instalaciones; y,
  3. Mala atención al usuario, como por ejemplo no informar sobre la cobertura, seguros, itinerario y tipos de entrega. Revise el procesos de quejas ante el operador postal.

RECLAMO:

Art. 89.- Causales para la presentación de reclamos. Los reclamos ante el operador postal se presentarán por las siguientes causales:

  1. Pérdida, avería o apertura violenta de un envío postal;
  2. Retraso en el envío postal;
  3. Incumplimiento de los tarifarios establecidos. Revise el proceso de reclamos ante el operador postal.

DENUNCIA: Una vez que el usuario haya agotado las instancias con el operador postal y si no fue atendido su reclamo o no está satisfecho con la respuesta, podrá anteponer su denuncia ante el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, la cual será tramitada conforme lo dispuesto en el Código Orgánico Administrativo (COA). Conozca cómo presentar una denuncia ante el MINTEL.

Recuerde que usted tiene el derecho de ser indemnizado cuando: