Los artículos 10 y 11 de la Ley General de los Servicios Postales establecen la conformación y atribuciones del  Directorio de la Agencia de Regulación y Control Postal:

Conformación del Directorio

El Directorio de la Agencia de Regulación y Control Postal está conformado por:

1. Delegado permanente del Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, quien lo preside y posee voto dirimente;

2. Delegado permanente del Ministro de Transporte y Obras Públicas; y,

3. Delegado permanente del Ministro de Comercio Exterior.

A las sesiones del Directorio asistirá el Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control Postal, quien actuará en calidad de Secretario, con voz, pero sin voto.

Todo lo relativo al funcionamiento del Directorio será regulado en la normativa que emita para el efecto dicho órgano.

Atribuciones del Directorio

Son atribuciones del Directorio de la Agencia de Regulación y Control Postal:

1. Designar a la Directora o Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control Postal de una terna que presente el Presidente del Directorio.

2. Aprobar el Plan de Regulación y Control Postal de la Agencia de Regulación y Control Postal.

3. Revisar y modificar, cuando corresponda, la normativa emitida por el Director.

4. Supervisar y controlar la gestión del Director (a) Ejecutivo (a) y removerlo de ser el caso.

5. Aprobar el estatuto orgánico funcional, el plan estratégico, el plan de inversiones, el presupuesto anual y demás planes para su funcionamiento.

6. Establecer lineamientos estratégicos para la regulación y el control del sector.

7. Las demás que consten en la presente Ley y el ordenamiento jurídico vigente.