Para incorporar licencias de funcionamiento para nuevos puntos de atención postal, es necesario cumplir los siguientes pasos:

  1. Mediante oficio dirigido a la máxima autoridad del MINTEL, usted deberá solicitar la apertura de una nueva oficina postal.
  2. Con este documento, la Unidad Zonal de su jurisdicción remitirá, vía correo electrónico, el Formulario 3.3. de Licencias de oficinas postales, a fin de que complete la información del nuevo punto a habilitar.
  3. La Coordinación Zonal revisará que la solicitud y el formulario para aperturar nuevas oficinas postales, se encuentre conforme al contrato suscrito entre usted y el MINTEL, emitiendo un informe técnico que sustente la apertura de la nueva oficina postal.
  4. La Unidad Zonal emitirá la licencia de funcionamiento de la nueva oficina postal y le enviará, mediante correo electrónico, para que sea impresa y colocada en el nuevo punto, en un lugar visible para el usuario postal.
  5. Finalmente, la Dirección de Títulos Habilitantes del MINTEL incluirá el nuevo punto de atención en el Registro General de Operadores de Servicio Postal.