A continuación, le invitamos a revisar las preguntas frecuentes que realizan los operadores postales normados por el MINTEL:

 

¿Quién es un operador postal?

Es la persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera, que cuenta con permiso del MINTEL para prestar los servicios postales.

¿Qué es la licencia de funcionamiento de la oficina postal?

Es el certificado de cumplimiento de la normativa vigente y de requisitos técnicos de una oficina postal, sujeta a verificación a través de un servicio de inspección y control.

¿Qué es el permiso de operación postal?

Constituye el contrato por el cual, el MINTEL habilita a un operador postal para la prestación de servicios postales en una o más de las categorías definidas en la Ley General de los Servicios Postales.

Con qué frecuencia debo reportar información estadística al MINTEL?

El Reglamento de Gestión de Información del Sector Postal señala que los operadores postales deben reportar la información de manera trimestral y anual, según la naturaleza de la misma.

¿Qué se debe reportar en la información estadística trimestral?

Mediante este formulario, se debe reportar la información de las operaciones y calidad del servicio postal, como son: la facturación, número y flujo de piezas procesadas, quejas y reclamos hacia los operadores postales, entre otra información presentada en el periodo analizado.

¿Qué se debe reportar en la información estadística anual?

Mediante este formulario se debe reportar la información empresarial como: empleo, desarrollo sostenible de la empresa, servicio al cliente, entre otra información presentada en el periodo analizado.

¿Qué finalidad tiene la información estadística proporcionada por los operadores postales?

Algunos de los productos derivados de la información estadística proporcionada por los operadores postales se encuentran el informe anual del sector postal y los boletines estadísticos trimestrales del sector postal. Así mismo, es la información primaria para elaborar los diferentes estudios y análisis para el fortalecimiento del sector.

¿Tiene alguna sanción la no entrega de información estadística al MINTEL?

Según la Ley General de Servicios Postales, la no entrega de información relacionada con la actividad postal requerida por el MINTEL constituye una infracción grave. Cuya multa será calculada según los criterios detallados en la misma norma.

¿Cuáles son las sanciones que impone el MINTEL?

La Ley General de los Servicios Postales contempla en sus artículos 40, 41, 42, las infracciones de las que podrían ser sujetos los operadores postales, las cuales se detallan de la siguiente manera:

Art. 40.- Infracciones leves. Constituyen infracciones leves las siguientes:
a) No poner a disposición de los usuarios información referente a las tarifas y precios, servicios que prestan, cobertura, seguros, itinerarios y tiempos a cumplir durante toda la cadena de procesos que conforman el servicio postal.
b) No atender las reclamaciones y quejas de los usuarios de acuerdo con la normativa dispuesta para el efecto.
c) No informar al MINTEL respecto de los envíos postales que sean considerados como no distribuibles o rezagados, con excepción de aquellos que se encuentren en procedimientos aduaneros.

Art. 41.- Infracciones graves. Constituyen infracciones graves las siguientes:
a) No atender en forma recurrente las reclamaciones y quejas de los usuarios.
b) No entregar la información relacionada con la actividad postal requerida por el MINTEL.
c) No prestar las facilidades necesarias a los inspectores del MINTEL o interferir en sus actividades de control.
d) No cumplir con los requisitos técnicos y financieros necesarios para la prestación del servicio postal.
e) Operar y realizar una actividad postal en forma distinta a la permitida.
f) No contar con estándares de seguridad determinados por el MINTEL para la prestación del servicio postal.
g) Incumplir con las regulaciones emitidas por el MINTEL.

Art. 42.- Infracciones muy graves. Constituyen infracciones muy graves las siguientes:
a) Cometer dentro del plazo de un año tres infracciones graves de la misma naturaleza y sobre las cuales exista resolución firme.
b) Abandonar, retener, apropiarse indebidamente, ocultar o destruir los envíos postales.
c) Obstruir o impedir el ejercicio de las atribuciones especiales del operador postal designado.
d) Suspender la prestación del servicio sin la autorización del MINTEL.
e) Operar y realizar un servicio postal sin el correspondiente título habilitante.
f) Trasladar envíos postales que contengan sustancias peligrosas sin las debidas precauciones y que estas pongan en peligro la salud de la ciudadanía así como las de contenido prohibido, establecidas en la Ley.

¿Cómo puedo homologar mis balanzas / equipos de pesaje?

El proceso de homologación de equipos de pesaje es importante porque garantiza calidad del servicio al usuario y una prestación eficiente del servicio postal.
Todo el detalle para conocer cómo homologar sus equipos, conózcalo en el siguiente link: https://regulacion.mintel.gob.ec/homologacion-de-equipos-de-pesaje/

Tengo envíos que no han podido ser entregados a sus destinatarios o remitentes, ¿qué debo hacer con ellos?

Ningún operador puede apropiarse de un envío postal, caso contrario será sujeto de sanción. Lo que el operador debe hacer es solicitar al MINTEL declare esos envíos que no pudo entregar, como rezagados y no distribuibles; para ello, deberá seguir el proceso que se describe en el siguiente link:
https://regulacion.mintel.gob.ec/envios-postales-no-distribuibles-y-rezagados/